HAY REQUISITOS QUE UN EMPLEADOR O POSIBLE EMPLEADOR DEBE CUMPLIR AL OBTENER O UTILIZAR SU INFORME DE VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES. ¿HA CUMPLIDO SU EMPLEADOR O POSIBLE EMPLEADOR CON TODOS LOS REQUISITOS?

¿Su empleador o posible empleador le proporcionó una notificación por escrito sobre la obtención de su informe de verificación de antecedentes y recibió una autorización por escrito de parte de usted?

  • Su empleador o posible empleador está obligado a proporcionarle una notificación de divulgación por escrito que sea clara y evidente, indicando que pueden obtener un informe de consumo sobre usted.
  • La notificación de divulgación por escrito debe estar en un documento independiente e indicar claramente que se puede obtener un informe del consumidor. (Es decir, la notificación escrita no debe contener ningún otro tema como el descargo de responsabilidad).
  • Su empleador o posible empleador debe recibir su autorización por escrito antes de obtener su informe de verificación de antecedentes.
  • La notificación de divulgación por escrito debe tener una sección de autorización donde usted pueda firmar; O
  • El empleador puede darle un formulario de autorización por separado donde usted pueda firmar.

¿La sección de autorización por escrito o el formulario de autorización por separado tenía una casilla de verificación que le daba la opción de solicitar una copia de su informe de verificación de antecedentes?

  • En la sección o formulario de autorización de divulgación por escrito, debe haber una casilla de verificación que usted puede marcar para solicitar una copia de cualquier informe que su empleador obtenga.
  • Si marca la casilla, el empleador debe proporcionarle una copia del informe de verificación de antecedentes dentro de los 3 días posteriores a la recepción del informe.

¿Su empleador o posible empleador le negó el empleo, basándose total o parcialmente en un informe de verificación de antecedentes con equivocaciones, errores, inexactitudes u otra información que no debería haber figurado en su informe de verificación de antecedentes?

  • Su empleador o potencial empleador no debería considerar los errores, inexactitudes, arrestos que no condujeran a condenas o condenas expurgadas al momento de decidir contratarlo, bajarlo de categoría o despedirlo.
  • Las cosas que no deberían estar en su informe de verificación de antecedentes son: 1) Disparidad de la información. (Es decir, el expediente de otra persona que no sea usted), 2) información incompleta sobre un caso, 3) arrestos (no pendientes) que no condujeron a una condena, 4) delitos que han sido expurgados o sellados, 5) información engañosa (es decir, un solo cargo listado múltiples veces), 6) antecedentes de conducción desfavorables que tengan más de 7 años de antigüedad, 7) delitos mal clasificados (es decir, un delito menor reportado como un delito grave), 8) Arrestos para los que usted ha completado con éxito la desviación, 9) Ciertos arrestos menores relacionados con la marihuana que sean mayores a 2 años de antigüedad y 10) Condenas con una antigüedad mayor a 7 años (actualmente están siendo sujetos a impugnaciones constitucionales).

Notificación de acción previa adversa – ¿Su empleador o posible empleador le proporcionó una copia de su informe de verificación de antecedentes y un resumen de los derechos en virtud de la Ley de Informe Imparcial de Crédito antes de tomar cualquier acción adversa (es decir, no contratarlo, bajarlo de categoría o despedirlo)? 

  • Si su empleador o posible empleador tiene la intención de tomar alguna acción adversa (es decir, no contratarlo, bajarlo de categoría o despedirlo) basándose total o parcialmente en su informe de verificación de antecedentes, el empleador debe enviarle una copia de su informe de verificación de antecedentes y un resumen de sus derechos según la Ley de Informe Imparcial de Crédito ANTES de tomar cualquier acción adversa.
  • Si hay algún error, equivocación, inexactitud o información que no deba figurar en su informe de verificación de antecedentes, tiene derecho a disputar su informe de verificación de antecedentes con el empleador y la empresa de verificación de antecedentes (a menudo denominada “agencia de información del consumidor” o “CRA”).

Adverse Action Notice

  • Si su empleador o posible empleador toma alguna medida adversa (no contratarlo, bajarlo de categoría o despedirlo) debido a cualquier información en su informe de verificación de antecedentes, están obligados a darle otra notificación en la que le informen que se han tomado medidas adversas basándose total o parcialmente en su informe de verificación de antecedentes.
  • Esta notificación también debe incluir los siguientes 4 aspectos:
  • El nombre, número de teléfono y dirección de la empresa de verificación de antecedentes que proporcionó el informe de verificación de antecedentes a su empleador;
  • Una declaración de que la empresa de verificación de antecedentes no tomó la decisión de tomar la acción adversa y no puede proporcionarle las razones específicas por las que se tomó la acción adversa;
  • Una declaración de que usted tiene derecho a una copia gratuita del informe de verificación de antecedentes de la empresa de verificación de antecedentes dentro de 60 días, y
  • Una declaración de que tiene derecho a disputar la exactitud y/o integridad de su informe de verificación de antecedentes con la empresa de verificación de antecedentes.

Propósito de la ley y otras consideraciones

El propósito es dar a los solicitantes de empleo la máxima oportunidad de corregir cualquier informe incompleto o impreciso que pueda afectar sus posibilidades de empleo.

Una gran área potencial de litigio es la violación del Título VII y la investigación de la EEOC. Basándose en las nuevas directrices de la EEOC, los empleadores no pueden tener una política general de negación de empleo a todo el que tenga una condena penal. Los empleadores frecuentemente proveen matrices a las empresas de verificación de antecedentes para que estas adjudiquen y recomienden automáticamente al empleador si debe o no contratar.

Existen posibles violaciones del Código Laboral, ya que los empleadores no pueden negar el empleo con base en detenciones que no resultaran en una condena y en base a condenas expurgadas. (Véase Cal. Lab. C. §432.7; 2 CCR 7287.2(d)).

Hemos incluido los enlaces de la Comisión Federal de Comercio (“FTC”) en relación con la verificación de antecedentes. La FTC hizo cumplir las leyes del Ley de Informe Imparcial de Crédito por más de 40 años, así que los enlaces de la FTC son muy informativos. Sin embargo, tenga en cuenta que la Ley de Informe Imparcial de Crédito está siendo aplicada por la Protección Financiera del Consumidor. 

http://www.consumer.ftc.gov/media/video-0026-employee-background-checks

http://www.consumer.ftc.gov/articles/0157-employment-background-checks

http://www.business.ftc.gov/documents/0487-background-checks-what-employers-need-know

http://www.ftc.gov/enforcement/rules/rulemaking-regulatory-reform-proceedings/fair-credit-reporting-act

TESTIMONIALS

Este sitio web es un anuncio. La información de este sitio web no constituye asesoramiento jurídico, sino que proporciona información general. No buscamos representar a nadie basándonos únicamente en una visita a este sitio web. La relación cliente-abogado se establece únicamente después de que usted y un abogado de DHF Law firmen un acuerdo por escrito. Nuestra oficina está situada en el condado de Los Ángeles y ejercemos en todo el estado de California. No proporcionamos garantías o predicciones sobre el resultado de la representación.